Condiciones de trabajo FAIRTRADE

CC 3.5.0.01

3.5.0.02

3.5.0.03

3.5.0.04

3.5.0.05

3.5.0.06

3.5.0.07

3.5.0.07

3.5.0.09

3.5.0.10

3.5.0.11

SALARIOS

1

CC 3.5.0.77

 3.5.0.78

3.5.0.79

3.5.0.80

3.5.0.81

3.5.0.82

3.5.0.83

VIVIENDA

3

CC 3.5.0.27

3.5.0.28

 3.5.0.29

 3.5.0.32

3.5.0.33

3.5.0.34

3.5.0.35

3.5.0.55

3.5.0.57

3.5.0.58

3.5.0.59

CONTRATOS

4

CC 3.5.0.45

3.5.0.47

3.5.0.48

3.5.0.49

3.5.0.50

3.5.0.51

3.5.0.52

3.5.0.53

3.5.0.54

PERMISOS/
LICENCIAS

5

CC 3.5.0.59

3.5.0.60

3.5.0.61

3.5.0.62

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3.5.0.64

3.5.0.65

3.5.0.66

3.5.0.67

3.5.0.68

3.5.0.69

3.5.0.70

3.5.0.71

TRABAJOS DE TEMPORADA

6

2

HORAS DE
TRABAJO

CC 3.5.0.35

3.5.0.36

3.5.0.37

3.5.0.38

3.5.0.39

3.5.0.40

3.5.0.41

3.5.0.42

3.5.0.43

3.5.0.44

· Se deben fijar los salarios para todas las funciones.
· Los mismos deben respetar como mínimo las condiciones del convenio colectivo o media regional.  
· Los pagos a destajo o basados en la producción son también equivalentes al valor del jornal legal.
· La información sobre los pagos a destajo o 

basados en la producción es transparente y clara.  
· No se permiten deducciones de salario como sanción disciplinaria.
· Los pagos deben ser realizados a intervalos regulares.
· Los trabajadores reciben recibos de sueldos y los pagos deben hacerse en moneda de curso legal. 

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CC 3.5.0.01

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CC 3.5.0.35

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3.5.0.40

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3.5.0.42

3.5.0.43

3.5.0.44

CC 3.5.0.77

 3.5.0.78

3.5.0.79

3.5.0.80

3.5.0.81

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CC 3.5.0.27

3.5.0.28

 3.5.0.29

 3.5.0.32

3.5.0.33

3.5.0.34

3.5.0.35

3.5.0.55

3.5.0.57

3.5.0.58

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CC 3.5.0.45

3.5.0.47

3.5.0.48

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3.5.0.50

3.5.0.51

3.5.0.52

3.5.0.53

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CC 3.5.0.59

3.5.0.60

3.5.0.61

3.5.0.62

3.5.0.63

3.5.0.64

3.5.0.65

3.5.0.66

3.5.0.67

3.5.0.68

3.5.0.69

3.5.0.70

3.5.0.71

SALARIOS

HORAS DE
TRABAJO

VIVIENDA

CONTRATOS

PERMISOS/
LICENCIAS

TRABAJOS DE TEMPORADA

· La jornada laboral no debe exceder las 48 horas semanales o lo que indique la legislación local si es menor.
· Debe haber un día de descanso por cada 6 días consecutivos trabajados.
· Las horas extras serán voluntarias, no habituales y no podrán superar las 12 horas semanales. 

· Las mismas deben pagarse acorde a lo que indica la ley aplicable.
· Se definen, conceden y respetan el almuerzo y otras pausas de trabajo.  
· La empresa debe llevar un sistema de control de horarios de trabajo.

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3.5.0.07

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CC 3.5.0.35

3.5.0.36

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3.5.0.38

3.5.0.39

3.5.0.40

3.5.0.41

3.5.0.42

3.5.0.43

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CC 3.5.0.77

 3.5.0.78

3.5.0.79

3.5.0.80

3.5.0.81

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CC 3.5.0.27

3.5.0.28

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3.5.0.33

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3.5.0.35

3.5.0.55

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CC 3.5.0.45

3.5.0.47

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3.5.0.50

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3.5.0.60

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3.5.0.65

3.5.0.66

3.5.0.67

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3.5.0.70

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SALARIOS

HORAS DE
TRABAJO

VIVIENDA

CONTRATOS

PERMISOS/
LICENCIAS

TRABAJOS DE TEMPORADA

· La norma establece un mecanismo de excepciones para las épocas altas de producción donde las empresas pueden exceder las horas de trabajo.
· Para ello se debe solicitar excepción a FLOCERT antes de exceder las horas extras o día de descanso más allá de lo permitido.  

· Las excepciones se otorgan por un máximo de 12 semanas u 84 días al año.
· Aun con excepción, no se puede trabajar más de 72 horas semanales, 14 horas diarias o durante 18 días seguidos. 

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CC 3.5.0.35

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CC 3.5.0.27

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SALARIOS

HORAS DE
TRABAJO

VIVIENDA

CONTRATOS

PERMISOS/
LICENCIAS

TRABAJOS DE TEMPORADA

· Si la empresa proporciona alojamiento a un trabajador/a, éste garantiza seguridad estructural y niveles razonables de decensia, privacidad, protección e higiene.  
· Si la empresa alquila la vivienda al trabajador, éste se corresponde con los promedios locales.  

· Es decisión de los trabajadores vivir en la finca.
· Si las instalaciones sanitarias son compartidas, se dispone de un número razonable de aseos y baños con agua limpia, y de acuerdo con lo habitual en la región.

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SALARIOS

HORAS DE
TRABAJO

VIVIENDA

CONTRATOS

PERMISOS/
LICENCIAS

TRABAJOS DE TEMPORADA

· Los trabajadores deben estar informados de sus derechos y obligaciones. Estos temas se deben incluir en los planes de capacitación.
· Todos los trabajadores permanentes tienen un contrato legal vinculante por escrito, firmado por el trabajador y el empleador, que contiene al menos la descripción del trabajo, las horas de trabajo, la tasa de pago, regulaciones sobre las horas extra, beneficios sociales y deducciones, vacaciones pagadas anuales, protección del trabajador frente a pérdida de salarios en caso de enfermedad, discapacidad o accidente y el período de preaviso para la rescisión del contrato, que 

debe ser el mismo para el empleador y trabajador.  
· En el caso que no sea obligatorio el uso de contratos, se debe presentar un mecanismo que garantice su cumplimiento.
· El contrato o equivalente debe estar firmado y a disposición del trabajador.
· Los trabajadores temporales contratados por un período de 3 meses o más de servicio ininterrumpido tienen un contrato de trabajo legal vinculante por escrito con la descripción del trabajo y con la firma del trabajador y empleador.
· Los trabajadores acceden a los planes de jubilación/pensión del país.

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SALARIOS

HORAS DE
TRABAJO

VIVIENDA

CONTRATOS

PERMISOS/
LICENCIAS

TRABAJOS DE TEMPORADA

· Vacaciones: al menos 2 semanas naturales o lo que indique la legislación laboral si es mayor. En el caso de las plantaciones de flores, el estándar establece 21 días de vacaciones.  
· Maternidad: 8 semanas mínimo y hasta aumentar a 12, o lo que indique la legislación. Se paga al menos 2/3 del salario o lo que indique la legislación si es mayor. 

· Enfermedad o accidentes: Lo que indique la legislación, se protege al trabajador ante despidos y no se deduce de las vacaciones
· Se autorizan una o más pausas diarias durante la jornada laboral o una reducción de las horas diarias de trabajo a las madres lactantes para que amamanten hasta 9 meses después del nacimiento. 

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SALARIOS

HORAS DE
TRABAJO

VIVIENDA

CONTRATOS

PERMISOS/
LICENCIAS

TRABAJOS DE TEMPORADA

· FAIRTRADE establece que todo el trabajo regular sea realizado por trabajadores permanentes.
· No se usan los contratos temporales como mecanismo para evitar responsabilidades. Los trabajadores temporales tienen beneficios equivalentes a los de los permanentes.
· Trabajo regular se refiere a las tareas que son indispensables dentro del ciclo del cultivo Fairtrade. 

Ejemplos por producto:
· Banano y flores: normalmente no existe el trabajo temporal, pues la tarea de cosecha y empaque se realiza todas las semanas del año. A menos que existan épocas de producción alta como San Valentín en el caso de las flores.
· Uvas de vino: el trabajo temporal se da mayormente durante la vendimia para contratar 

los cosecheros o personal de proceso. 

Subcontratación:
· La subcontratación es permitida solo durante los períodos de máxima actividad, en caso de tareas especiales y bajo circunstancias excepcionales
· Para la subcontratación se debe tener en cuenta lo siguiente:
- La dirección ha desarrollado criterios de selección apropiados para decidir sobre la designación de un subcontratista.
- Previamente a la firma de cualquier contrato con un subcontratista, la empresa ha visto y aprobado sus credenciales.
- Los subcontratistas se han comprometido por contrato a cumplir, entre otras cosas, con todos los servicios que indica la legislación nacional, el Convenio 181 de la OIT (Convenio sobre las 

agencias de empleo privadas) y con los criterios específicos de este capítulo.
- El subcontratista está de acuerdo con someterse a auditorías, si FLOCERT lo considera necesario.
- Se dispone de registros de los trabajadores contratados (del contratista) que indican el número de trabajadores, su pago y las horas laborales.
 - En casos donde se contrata activamente a trabajadores de otras regiones/países, la empresa, la agencia pagan cualquier costo de contratación y visado.
 - La empresa paga los costos de viaje de estos trabajadores desde y hacia su país o región de origen al comienzo y al final del período de trabajo. 

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SALARIOS

HORAS DE
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CONTRATOS

PERMISOS/
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