EL CÓDIGO DE FALTAS EN CÓRDOBA
¿QUÉ ES EL CÓDIGO DE FALTAS?
¿POR QUÉ ESTA LEY ES POLÉMICA?
¿CUÁLES SON SUS PUNTOS MÁS POLÉMICOS?
Derecho de defensa: La Constitución (en su art. 18) garantiza ese derecho a tener un defensor. Pero según el Código “no es necesario” tener abogado (art. 15), a pesar de que está en juego la libertad de la persona.
¿CUÁLES SON SUS PUNTOS MÁS POLÉMICOS?
Derecho de acceder a la Justicia: Según la Constitución, solamente un juez “independiente” e “imparcial” puede resolver sobre los derechos y la libertad. En el Código de Faltas, la condena es dictada por un comisario o subcomisario (art. 114). No es un juez; tampoco es “independiente” (depende del Jefe de Policía y del Gobernador); tampoco es “imparcial” (integra la misma institución que detiene y acusa a la persona). No juzga “desde afuera”, sino que es parte en el procedimiento.
¿CUÁLES SON SUS PUNTOS MÁS POLÉMICOS?
Libertad de circular: La figura del “merodeo” (art. 98) castiga con arresto a quien esté “en actitud sospechosa” cerca de edificios o vehículos. La policía define qué resulta “sospechoso” y no hace falta que nadie solicite a la Policía que actúe. Esto afecta el derecho a transitar (art. 14 de la Constitución). La “omisión de identificarse” (art. 79 del Código), permite arrestar a quien no se identifique ante la Policía o no responda sus preguntas.
¿CUÁLES SON SUS PUNTOS MÁS POLÉMICOS?
Derecho a la libertad personal: Nuestra Constitución (art. 19) garantiza esa libertad mientras no se dañe a otros ni se afecte el orden o la moral pública. El Estado no puede castigar el ejercicio de esa libertad personal. Pero el Código establece pena de arresto (art. 61), aunque no se esté provocando sin que ninguna alteración del orden.
¿CUÁLES SON SUS PUNTOS MÁS POLÉMICOS?
Libertad de expresión: La figura de “reuniones públicas tumultuarias” (art. 99) también puede usarse contra manifestantes. La Policía decide qué es un tumulto y puede arrestar a quienes están en la marcha (aunque no participen en el tumulto ni lo causen). Esto puede limitar los derechos a la libre expresión (art. 14 de la Constitución).
¿CUÁLES SON SUS PUNTOS MÁS POLÉMICOS?
CIFRAS DE DETENCIONES
investigadores de la UNC y la UCC
cifras de detenciones
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las marchas de la gorra
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