UDEM, 2017
Leyes de protección de datos. Fuente: La historia con mapas
Data protection laws around the world - 2017 DLA Piper
Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar.
Constitución Política de Colombia de 1991
Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.
Constitución Política de Colombia de 1991
Regula disposiciones generales del hábeas data y el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones.
Derecho consitucional
Todas las personas tienen derecho a:
Las informaciones que hayan recogido sobre ellas en bases de datos.
Se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado – denominado “de la protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones.
Tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bases de datos o archivos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política; así como el derecho a la información consagrado en el artículo 20 de la misma.
Principio de finalidad: El Tratamiento debe obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al Titular.
Principio de libertad: El Tratamiento sólo puede ejercerse con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular.
Ley 1581/12
Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a Tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible.
Principio de transparencia: En el Tratamiento debe garantizarse el derecho del Titular a obtener del Responsable del Tratamiento o del Encargado del Tratamiento, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan
Ley 1581/12
Principio de acceso y circulación restringida: El Tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la presente ley y la Constitución. Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en Internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, salvo que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a los Titulares o terceros autorizados conforme a la presente ley;
Ley 1581/12
Principio de seguridad: La información sujeta a Tratamiento por el Responsable del Tratamiento o Encargado del Tratamiento a que se refiere la presente ley, se deberá manejar con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento;
Ley 1581/12
Principio de confidencialidad: Todas las personas que intervengan en el Tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el Tratamiento.
Ley 1581/12
Tiene como objeto reglamentar parcialmente la Ley 1581, por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales:
Políticas de Tratamiento
Ejercicio de los derechos de los titulares
Transferencias y transmisiones internacionales de datos personale
El Registro Nacional de Bases de Datos es el directorio público de las bases de datos sujetas a Tratamiento que operan en el país. El registro será administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio y será de libre consulta para los ciudadanos. Para realizar el registro de bases de datos, los interesados deberán aportar a la Superintendencia de Industria y Comercio las políticas de tratamiento de la información.
El Artículo 17 de la Ley 1581 requiere notificación a la Superintendencia de Industria y Comercio de ciertos riesgos de seguridad o violaciones de las políticas de seguridad relacionadas con la gestión de datos personales.
La Guía de Responsabilidad ha establecido que en caso de que ocurra un incidente y los datos personales se vean comprometidos, el controlador de dichos datos debe implementar mecanismos para notificar dicha situación a la Superintendencia de Industria y Comercio y al propietario.
La comunicación a la autoridad deberá contener como mínimo:
Tipo de incidente
Fecha del incidente
Fecha en que el Contralor se enteró del incidente;
Causa
Tipo de datos personales comprometidos (sensibles, privados, etc.)
Número de propietarios de datos de los cuales los datos estaban comprometidos.
Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación (ICONTEC)