Objetivo: reflexiona sobre la propiedad intelectual y la importancia de reconocerla a partir de la legislación colombiana
RAE
Plagiar: tr. Copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias.
Según Fernando Zapata López, profesor de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales, y Especialista en derecho de autor y derechos conexos, plagio es presentar como propia, en todo o en parte, la obra de otra persona, alterándola de manera maliciosa.
Tomado de: https://periodico.unal.edu.co/ABC/plagio-que-es-y-como-actua-la-legislacion-colombiana-frente-a-este
Plagio servil: copia textual o casi textual de una obra ajena.
Plagio simulado o "inteligente": copia alterada artificialmente de una obra ajena.
Ley 44 de 1993
Decreto 1066 de 2015
Tomado de: Departamento Administrativo de Función Pública