Instituto Canario de las Cualificaciones Profesionales

DECRETO 43/2003, de 7 de abril, por el que se crea y regula el Instituto Canario de las Cualificaciones Profesionales

Decreto 55/2012, de 14 de junio, el citado Instituto se crea como unidad administrativa dependiente orgánicamente del Servicio Canario de Empleo, en adelante SCE, y con dependencia funcional de éste y de la Consejería competente en materia de educación

Ley Orgánica 5/2002

ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES

Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral

ACREDITACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES

Reconocer las competencias profesionales que se han adquirido a través de la Experiencia Laboral

o de la Formación No Formal

¿A quienes va dirigido?

A personas que NO tengan un

Título de Formación Profesional

ni Certificado de Profesionalidad

¿Qué requisitos debo tener?

Cualificaciones de Nivel 1

Cualificaciones de Nivel 2 y 3

¿Qué requisitos debo tener?

Cualificaciones de Nivel 1

18 años de edad

2 años Experiencia Laboral

    y/o

200 horas Formación No Reglada

En los últimos

10 años

¿Qué requisitos debo tener?

Cualificaciones de Nivel 2 y 3

20 años Edad

3 años Experiencia Laboral

     y/o

300 horas Formación No Reglada

En los

últimos

10 años

¿Qué documentación debo presentar?

Solicitud

Fotocopia del DNI, o en su caso, Pasaporte o NIE

Currículum Vitae Europeo

trabajador asalariado

trabajador autónomo

trabajador voluntario o becario

Documentación de los cursos formación relacionada con la profesión pretenden acreditar, con contenidos y horas formación

¿Qué documentación debo presentar?

Trabajador Asalariado

Vida Laboral

Contrato de trabajo o certificado de empresa

¿Qué documentación debo presentar?

Trabajador Autónomo

Vida Laboral

Justificante Alta Autónomo (Modelo 036 ó 037)

Declaración responsable de funciones y tareas que realiza

¿Qué documentación debo presentar?

Trabajador Voluntario o Becario

Certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia, las actividades y funciones realizadas, en que fechas y con que número de horas

¿Qué fases tiene este procedimiento?

Fase de Asesoramiento

Fase de Evaluación

Fase de Acreditación

¿Qué fases tiene este procedimiento?

  • Atendiendo a documentación aportada y una entrevista, un asesor realizará un informe orientativo sobre competencias de la persona candidata

Fase de Asesoramiento

¿Qué fases tiene este procedimiento?

  • La Comisión de Evaluación analiza el informe del asesor, la  documentación aportada por la persona candidata y realizará nuevas pruebas necesarias para evaluar la competencia profesional requerida en las Unidades de Competencia de la Cualificación en la que está seleccionado
  • El resultado de la evaluación en una determinada unidad de competencia se expresará en términos de demostrada o no demostrada

Fase de Evaluación

¿Qué fases tiene este procedimiento?

  • A las personas candidatas que superen el proceso de evaluación, se les expedirá una acreditación de cada una de las Unidades de Competencia(UC) en las que hayan demostrado su competencia profesional
  • Aquellas personas candidatas que hayan superado todas las Unidades de Competencia(UC) de una Cualificación tienen derecho a solicitar la Expedición de su correspondiente Certificado de Profesionalidad

Fase de Acreditación

¿Hay QUE PAGAR TASAS POR ESTE PROCEDIMIENTO?

  • NO, no hay que pagar Tasas en la fases de asesoramiento y evaluación.
  • Si demuestra todas las UC's de una cualificación tendría derecho a la expedición del Certificado de Profesionalidad y si NO está en situación de desempleo tendría que pagar Tasas por la expedición

¿qué es un certificado de

profesionalidad?

Plan de modernización de la fp del MEFP

  • I Plan Estratégico de Formación Profesional del Sistema Educativo 2019-2022
  • PLAN PARA LA FORMACIÓN PROFESIONAL, EL CRECIMIENTO ECONÓMICO Y SOCIAL, Y LA EMPLEABILIDAD
  • Prioritario la “Evaluación y Acreditación de las Competencias Básicas y Profesionales"
  • 50.000 trabajadores y trabajadoras a acreditar en cuatro años en Canarias 
  • 48 % población española y el 50 % de la población Canaria NO TIENE ACREDITACIÓN OFICIAL

Real Decreto 143/2021

 

modifica el Real Decreto 1224/2009

  1. Las administraciones competentes deberán mantener abierto un procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, con carácter permanente.
  2.  Este procedimiento permanente estará referido a la totalidad de las unidades de competencia profesional incluidas en la oferta existente de Formación Profesional de cada comunidad autónoma vinculada al Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales. (Actualmente se están ofertando un total de 360 cualificaciones diferentes en Canarias)

Guias de evidencias

  • Instrumento de apoyo para asesores / evaluadores para realizar el procedimiento
  • Anexo I
  • Anexo II
  • preguntas, pruebas, simulaciones prácticas, observaciones en el puesto de trabajo.

 

 

PERSONAL PARA REALIZAR EL PROCEDIMIENTO

  • PERSONAL DE ICCP - COORDINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE ACREDITACIÓN
  • ICCP - SCE - DGFPEA
  • ORIENTADORES BAREMADORES / ASISTENTES TÉCNICOS
  • ASESORES
  • EVALUADORES
  • CAMBIOS DEL RD 143/2021

 

 

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