Desde el 18/02/2019, los contribuyentes de Ingresos Brutos Locales con su respectiva clave fiscal, podrán autogestionar la generación del Certificado de Cumplimiento Fiscal WEB.

Desde el 03/06/2019, el trámite es exclusivamente WEB, quedan excluidos los contribuyentes de Ingresos Brutos Locales con expedientes de Compensación y el Régimen de Convenio Multilateral.

El sistema verificará, el estado tributario (estado de deuda en Automotor, Inmobiliario, Sellos, IIBB, etc), por lo que es recomendado verificar el Estado de Cuenta antes de intentar generarlo.

 

Una vez que haya ingresado al Sistema y visualice el Menú Principal tendrá que elegir la opción MIS IMPUESTOS y luego Solicitar Cumplimiento Fiscal. Ver imagen.

Presionando el botón “GENERACIÓN RAPIDA DEL CUMPLIMIENTO FISCAL” el mismo será generado siempre y cuando el Contribuyente se encuentre en condiciones de emitirlo.

Caso 01: En caso de estar en condiciones de emitir el Cumplimiento Fiscal

 

El cumplimiento fiscal se genera y está disponible inmediatamente para su impresión ó para guardarlo en formato PDF.

Caso 02: En caso de estar NO estar en condiciones de Emitir el Cumplimiento Fiscal

 

Los motivos principales por los que no puede generar un Cumplimiento fiscal son

  • Posee deuda de Vehículos, Inmuebles registrados a su CUIT
  • Posee deuda del Impuesto a los Sellos
  • Posee deudas de Ingresos Brutos
  • No tiene presentada todas las declaraciones juradas de Ingresos Brutos
  • Declaración de objetos Matricula Catastral/Patente, relacionado a cierta actividad, para ello ir a Tramite Digital, crear nuevo tramite y luego elegir la opción Declaración de objetos relacionados a la actividad

Para finalizar el Sistema le indicará dos accesos (link) para realizar pagos en caso de poseer deudas; ó un (link) para dirigirse a presentar las Declaraciones Juradas que estuviera adeudando.

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