Vigilancia Estatal de las comunicaciones y los derechos fundamentales

Mayo 2016- Paraguay

"el entorno moderno comprende
monitorear, interceptar, recoger, analizar, usar, preservar, guardar, interferir u
obtener información que incluya o refleje las comunicaciones pasadas, presentes o
futuras de una persona, se derive o surja de ellas"

«Vigilancia de las Comunicaciones»

"No se trata de ocultar las cosas que queremos mantener en secreto, se trata de nuestro derecho a elegir cuándo y con qué fines queremos revelar cierta información"

«la privacidad»

Tecnología de vigilancia

El entonces Ministro Rafael Filizolla en el año 2010, ha mantenido conversaciones con la embajada de los EEUU, para explicar acerca del nuevo programa de intercepción, ampliado a teléfono celular

Fuente https://wikileaks.org/plusd/cables/10ASUNCION97_a.html

El Gobierno del ex presidente Federico Franco adquirió también un equipo de escuchas telefónicas por valor de US$ 2,5 millones, que misteriosamente desapareció de las oficinas del Ministerio del Interior, según relató un informe de la Auditoría General del Poder Ejecutivo en noviembre de 2013

El fiscal de delitos Informáticos, Ariel Martinez ha mantenido conversaciones para la compra del software de la empresa Hacking Team, conversación filtrada por Wikileaks

Fuente: https://wikileaks.org/hackingteam/emails/emailid/249535

Fuente https://citizenlab.org/2015/10/mapping-finfishers-continuing-proliferation/

Normas vigentes problemáticas

La Resolución de (CONATEL) 1350/2002 conservación obligatoria de registros de detalles de llamadas telefónicas

Ley 4868/13 de Comercio Electrónico, en su artículo 10. Retención obligatoria de datos de tráfico por 6 meses

Conclusiones

Paraguay carece de legislación de protección de datos y no cuenta con la autoridad competente para investigar violaciones de principios de protección de datos personales y ordenar reparación de daños.

Ley de protección de datos personales

El Estado paraguayo debe proporcionar a la
ciudadanía información suficiente para que pueda comprender plenamente el
alcance, naturaleza.

Transparencia

Se debe modificar el artículo 10 de la Ley de Comercio Electrónico, en lo que hace a
la retención de datos de comunicaciones en Internet para fines comerciales;
asimismo se debe modificar la resolución de CONATEL sobre almacenamiento de
datos de llamadas telefónicas, por no cumplir con estos principios.

Proporcionalidad, idoneidad y debido proceso

Notificación

Para que puedan impugnar la decisión o buscar otras alternativas. Ello le
permitirá a la persona afectada conocer el contenido y alcance de la invasión de su
privacidad y que pueda, en consecuencia, ejercer su derecho de acceso a la justicia
para remediar cualquier abuso.

Publicidad

Es indispensable respetar las garantías constitucionales pero también hacer público
los expedientes investigativos en el futuro.

el Estado paraguayo debería establecer mecanismos
independientes de supervisión para garantizar la transparencia y la rendición de
cuentas de la Vigilancia de las Comunicaciones.

Supervisión Pública

Desproporcionalidad de FINFISHER

Las adquisiciones de tecnología para la vigilancia de las comunicaciones, no tienen un mecanismos de control, custodia y preservacion de datos colectados. Tampoco se obliga la destrucción del material irrelevante.

 

En definitiva, es la democracia la que está en riesgo.

La libertad de comunicarnos sin que el gobierno nos espíe resulta esencial para el funcionamiento de una sociedad libre y abierta.

Muchas Gracias

 

Maricarmen Sequera

@marsebu

Vigilancia de las Comunicaciones

By maricarmen sequera

Vigilancia de las Comunicaciones

  • 1,241