Aspectos legales de la

tele asistencia psicológica (TAP)

Jorge Rivera

¿Qué regulación legal existe en Uruguay sobre TAP?

  • Ninguna específica

¿Qué regulación legal existe en Uruguay sobre TAP?

¿Qué regulación legal existe en Uruguay sobre TAP?

  • Existe regulación general sobre profesiones y servicios de salud
  • Leyes 9.202, 17.154, 18.331, 18.335, 18.591 y 19.529
  • Comprende 5 aspectos:
  1. Habilitación (quién puede brindar la asistencia profesional)
  2. Consentimiento informado (la asistencia debe ser consentida por el paciente,
  3. Historia clínica (la información técnicamente relevante sobre el paciente debe registrarse en la HC, que le pertenece)
  4. Protección de datos personales (la información proveniente de la asistencia no puede ser revelada sin consentimiento, aún con fines científicos) 
  5. Hospitalización (la internación psiquiátrica está reglada

¿Qué regulación legal existe en Uruguay sobre TAP?

Ejercicio legal de una profesión sanitaria

Ley 9.202 de Salud Pública

  • Otorga policía sanitaria al MSP y la CSP (todas las profs. de la salud)
  • Exige inscripción en el registro profesional
  • Sanciones disciplinarias por ejercicio ilegal ( médicos vs psicólogos)

Ejercicio legal de una profesión sanitaria

Psicólogos - Ley 17.154  (no colegiados)

  • Establece quién es psicólogo y está habilitado para ejercer como tal
  • D.R. exige inscripción en el registro MSP y competencia disciplinaria de la CSP
  • No incluye más requisitos para ejercer que el título de grado

Ejercicio legal de una profesión sanitaria

Médicos - Ley 18.591 (colegiados)

Para ejercer la profesión se requiere:

  • Título de Médico
  • Habilitación del MSP
  • Inscripción en el registro del Colegio y vigencia de la misma
  • Otros requisitos que fije el CMU (por ej. especialización, actualización periódica)
  • Jurisdicción ética y deontológica c/ potestades sancionatorias (Código es ley)

Ejercicio legal de una profesión sanitaria

Consentimiento informado

Consentimiento informado

  • Nuevo paradigma (derecho del paciente y obligación del profesional)

  • Obligatorio y previo para todas las intervenciones biológicas y psicosociales

  • Debe obtenerse mediante suministro de info adecuada, suficiente y continua

Consentimiento informado

  • Para considerarse tal, debe incluir:

    • naturaleza del trastorno mental

    • diagnóstico y tratamiento propuesto

    • beneficios esperados y posibles riesgos de éste

    • eventualidad de hospitalización, condiciones y finalidad de la misma

Consentimiento informado

  • Tales exigencias están previstas para la asistencia psiquiátrica, pero incluyen a la psicológica

  • Se prevén excepciones (niños, urgencias, algunos pacientes psiquiátricos)

  • El CI deberá registrarse en la HC, tal como su ausencia y las causas de ello (pero solo requiere protocolización para procedimientos quirúrgicos y diagnósticos invasivos).

Historia clínica

Historia clínica

  • La ley la hace obligatoria en todo tipo de asistencia sanitaria (institucional o particular)

  • Para garantizar al paciente la reunión de toda su historia asistencial (no prevé anexión HC psi a la médica)

  • No coincide con las notas de entrevista/sesión

  • Puede ser manuscrita o electrónica.

Historia clínica

  • No puede ser alterada ni destruida

  • Es propiedad del paciente

  • Tiene derecho vitalicio a una copia (durante y después de la asistencia)

  • Es delito exhibirla o revelar su contenido a terceros (CPU 302)

Historia clínica

  • Excepciones (justa causa):

    • personal de salud tratante

    • representante legal del paciente (niños e incapaces)

    • MSP

    • orden judicial 

Hospitalización

Hospitalización

  • Por ahora restringida al uso psiquiátrico

  • La ley limita su indicación

    • sólo cuando aporte mayores beneficios que las intervenciones ambulatorias

    • deberá ser lo más breve posible.

    • solo en situaciones agudas

    • preferentemente en hospital o sanatorio general

    • no puede indicarse o prolongarse para resolver problemas sociales o de vivienda

Hospitalización

  • Requisitos para poder internar:

    • Evaluación, diagnóstico y motivos que la justifican

    • Consentimiento informado

  • Distingue hospitalización voluntaria e involuntaria

Hospitalización

  • La involuntaria, o la retención de un paciente internado x su voluntad solo cuando:

    • Exista riesgo inminente de vida para la persona o terceros

    • Alteración de la capacidad de juicio que pueda llevar a un deterioro considerable de su condición, o impedir tratamiento que sólo pueda aplicarse mediante la hospitalización

  • Cobertura temporal ilimitada, cualquiera sea la edad del paciente

Protección datos personales

  • No solo para la salud. Protección general de bases de datos

  • Obligación de secreto profesional sobre datos incluye a terceros vinculados al responsable

  • Incluye la de conservarlos para que titular pueda acceder en cualquier momento (HC)

  • Para psicólogos es Importante porque para la ley info sobre pacientes son datos sensibles 

Protección datos personales

Protección datos personales

  • Si no hay razón sanitaria, solo pueden revelarse c/CI expreso y escrito.

    • Ejemplo:  para presentación de casos clínicos en clases, congresos, o publicaciones

  • Otras excepciones (información pública, facturas, uso personal)

  • Derecho de acceso, rectificación y habeas data

Cambios respecto a la

práctica asistencial clásica

Cambios respecto a la
práctica asistencial clásica

  • Asistencia requiere obtener el CI (≠ consulta vs psicoterapia y psicodiagnóstico)

  • Los datos sanitarios relevantes y el CI deben registrarse en la HC (no son las notas)

  • Protección de datos personales exige consentimiento expreso y por escrito del paciente para poder presentar detalles en clases, congresos, publicaciones científicas

ASPECTOS LEGALES DE LA TELE ASISTENCIA PSICOLOGICA (TAP)

By Rodrigo Rivera

ASPECTOS LEGALES DE LA TELE ASISTENCIA PSICOLOGICA (TAP)

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