maricarmen sequera
Abogada en propiedad intelectual. Derecho de autor. Directora Ejecutiva de la ONG TEDIC
Noviembre 2020- Paraguay
https://www.menti.com/wdgw4pk6vx
"No se trata de ocultar las cosas que queremos mantener en secreto, se trata de nuestro derecho a elegir cuándo y con qué fines queremos revelar cierta información"
"el entorno moderno comprende
monitorear, interceptar, recoger, analizar, usar, preservar, guardar, interferir u
obtener información que incluya o refleje las comunicaciones pasadas, presentes o
futuras de una persona, se derive o surja de ellas"
"El capitalismo de vigilancia es un concepto utilizado y popularizado desde 2014 por la psicóloga social Shoshana Zuboff que se refiere a la mercantilización de datos personales, es decir, en la transformación de información personal en una mercancía sujeta a la compraventa con fines de lucro"
https://necessaryandproportionate.org/es/principios/
El entonces Ministro Rafael Filizolla en el año 2010, ha mantenido conversaciones con la embajada de los EEUU, para explicar acerca del nuevo programa de intercepción, ampliado a teléfono celular
Fuente https://wikileaks.org/plusd/cables/10ASUNCION97_a.html
El Gobierno del ex presidente Federico Franco adquirió también un equipo de escuchas telefónicas por valor de US$ 2,5 millones, que misteriosamente desapareció de las oficinas del Ministerio del Interior, según relató un informe de la Auditoría General del Poder Ejecutivo en noviembre de 2013
El fiscal de delitos Informáticos, Ariel Martinez ha mantenido conversaciones para la compra del software de la empresa Hacking Team, conversación filtrada por Wikileaks
Fuente: https://wikileaks.org/hackingteam/emails/emailid/249535
Fuente https://citizenlab.org/2015/10/mapping-finfishers-continuing-proliferation/
Drones
Paraguay carece de legislación de protección de datos y no cuenta con la autoridad competente para investigar violaciones de principios de protección de datos personales y ordenar reparación de daños.
El Estado paraguayo debe proporcionar a la
ciudadanía información suficiente para que pueda comprender plenamente el
alcance, naturaleza.
Se debe modificar el artículo 10 de la Ley de Comercio Electrónico, en lo que hace a
la retención de datos de comunicaciones en Internet para fines comerciales;
asimismo se debe modificar la resolución de CONATEL sobre almacenamiento de
datos de llamadas telefónicas, por no cumplir con estos principios.
Para que puedan impugnar la decisión o buscar otras alternativas. Ello le
permitirá a la persona afectada conocer el contenido y alcance de la invasión de su
privacidad y que pueda, en consecuencia, ejercer su derecho de acceso a la justicia
para remediar cualquier abuso.
Es indispensable respetar las garantías constitucionales pero también hacer público
los expedientes investigativos en el futuro.
el Estado paraguayo debería establecer mecanismos
independientes de supervisión para garantizar la transparencia y la rendición de
cuentas de la Vigilancia de las Comunicaciones.
Las adquisiciones de tecnología para la vigilancia de las comunicaciones, no tienen un mecanismos de control, custodia y preservacion de datos colectados. Tampoco se obliga la destrucción del material irrelevante.
Muchas Gracias
Maricarmen Sequera
By maricarmen sequera
Abogada en propiedad intelectual. Derecho de autor. Directora Ejecutiva de la ONG TEDIC